EMBAJADA DE 
AUSTRIA BUENOS AIRES


VISADO Y CONSULTAS SOBRE RADICACION
PERMISO DE TRABAJO



1. Visado y Consultas sobre Radicación

Atención: DISPOSICIONES PARA EL INGRESO A AUSTRIA de ciudadanos argentinos, paraguayos y uruguayos

Para una estadía más larga (por ejemplo: estudio) o para ejercer una profesión o un oficio son determinantes, como siempre, las disposiciones nacionales de Austria, y/o respectivamente de cada uno de los países de destino, por lo que las informaciones competentes se otorgan en las Embajadas de cada país.


Visa para estudiantes

Para poder permanecer períodos prolongados en Austria con el fin de efectuar estudios o en calidad de científico invitado, los ciudadanos de Argentina, Paraguay y Uruguay deberán solicitar ante la Embajada una visa D.

Documentación necesaria para la visa D:

  • Solicitud debidamente llenada (bajar aquí: visasolicitud-es.pdf o solicitar el formulario ante la Embajada),
  • 2 fotografías para pasaporte biométricas y actualizadas (ver: www.passbildkriterien.at),
  • Pasaporte válido (con una validez mínima mayor de tres meses al período de permanencia solicitado o expresado de otro modo: fecha de salida más tres meses),
  • D.N.I. o el permiso de permanencia de Argentina, Paraguay o Uruguay,
  • Boleto de avión de ida y vuelta (respectivamente constancia de reserva del mismo),
  • Constancia de admisión de una Universidad austríaca, respectivamente de una Escuela Superior o de un colega científico,
  • Constancia de alojamiento en forma de:
    a) Invitación informal de una persona que lo va a alojar. Esta invitación debe contener el domicilio y el período de permanencia, la firma debe estar legalizada por una autoridad austríaca competente y no debe tener más de tres meses de emitida, o bien
    b) Constancia de la Facultad que certifique que cuenta Usted con un lugar en un albergue estudiantil (dirección y período de permanencia), o bien
    c) Comunicación acerca de que se encuentra Usted buscando una posibilidad de alojamiento en el mercado inmobiliario libre (en este caso se requiere la confirmación de un alojamiento transitorio como bajo el Punto a)).
  • Constancia de un seguro médico con una cobertura mínima de € 30.000,-- (treinta mil euros) y validez para todos los Estados que conforman la zona SCHENGEN desde el día de entrada y hasta el día de salida del país,
  • Constancia de disposición de suficientes medios económicos en forma de:
    a)Un compromiso por parte de la persona que invita y por el tiempo que dure la estadía (en el momento de presentar la solicitud ésta no debe tener más de tres meses de antigüedad), o
    b)Medios económicos propios por un valor actual de € 643,-- mensuales (como máximo para el primer año de estudio, es decir € 7.716,--) preferen- temente depositados en una cuenta en Austria, o
    c)Constancia de beca.

Para becarios y estudiantes de intercambio la solicitud del visado D es gratis. Para otro tipo de estudiantes: ver tarifas consulares.

Para tramitar una estadía prolongada en Austria de más de medio año de duración, con el fin de efectuar estudios o como científico invitado, los ciudadanos de Argentina, Paraguay y Uruguay deberán gestionar un permiso de residencia ante las autoridades austríacas del interior (ya sea a través de la Embajada o personalmente en Austria).

Documentación necesaria para la solicitud de un permiso de residencia:

  • Formulario debidamente llenado (solicitarlo en la Embajada),
  • 2 fotografías biométricas para pasaporte (ver: www.passbildkriterien.at),
  • Pasaporte válido (con una validez mínima 3 meses mayor al período de permanencia solicitado o expresado de otro modo: fecha de salida del país más tres meses),
  • D.N.I. o el permiso de permanencia en Argentina, Paraguay o Uruguay,
  • Acta de nacimiento con traducción legalizada,
  • Certificado de domicilio del país de origen con traducción legalizada,
  • Certificado de antecedentes penales con traducción legalizada,
  • Certificado de admisión de una Universidad austríaca, respectivamente de una Escuela Superior o de un colega de estudios,
  • Constancia de posesión de medios económicos suficientes en forma de:
    a)Un compromiso por parte de la persona que invita por el tiempo de permanencia (dicho compromiso no puede tener más de tres meses de antigüedad en el momento de la presentación), o
    b)Medios propios por valor actual de € 643,-- mensuales (como máximo para un año de estudios, es decir € 7.716) preferentemente depositados en una cuenta bancaria en Austria, o
    c) Constancia de beca,
  • Constancia de un seguro médica con una cobertura mínima de € 30.000,- y válida para todos los Estados que de la zona SCHENGEN desde el día del ingreso hasta el día de la partida del país.

Advertencia: El seguro médico necesario también puede ser contratado por los estudiantes extranjeros en Austria. Preguntas al respecto (en relación con las tarifas, etc) pueden realizarse en los siguientes sitios (www.sozvers.at) así como (www.pensionsversicherung.at/). Cabe aclarar, que la información está en idioma alemán, con posibilidad de consulta también en idioma inglés.



2. Consultas sobre Leyes Laborales: Toma de Empleos en Austria por ciudadanos extranjeros (CIUDADANOS que no pertenecen a la UNION EUROPEA).

Advertencias:

  • Ciudadanos que no pertenecen a la Unión Europea necesitan un permiso de trabajo y de estadía para cualquier ocupación, inclusive para la colocación como Au pair.
  • El permiso de trabajo debe ser solicitado por el futuro empleador en Austria y ANTES del ingreso del solicitante a Austria (llamado „Certificado de Garantía Individual").
  • El permiso de trabajo NO se otorga durante un viaje de visita a Austria.
  • La Embajada no tiene competencia legal para proporcionar lugares de trabajo en Austria.

A los ciudadanos que no pertenecen a la Unión Europea se les aplican las disposiciones de la Ley Federal del 20 de marzo de 1975, Boletín Legislativo Nr. 218 (BGBL. Nr. 218), que reglamenta la ocupación de los extranjeros (Ley de Ocupación de extranjeros; abreviado: AuslBG), (www.ris.bka.gv.at).

Esta Ley reglamenta en extenso las condiciones y el procedimiento para obtener una autorización para la ocupación (permiso de trabajo), que debe reunir un extranjero para poder trabajar en Austria. Esta constancia de trabajo es extendida exclusivamente por el Servicio de Mercado Laboral Austria (AMS). La constancia necesaria es solicitada por el empleador austríaco.

Condición fundamental para conceder una "autorización para una ocupación" (paso previo al Certificado de Garantía Individual) es, según el Artículo 4 de la Ley de Ocupación de Extranjeros, saber la situación correspondiente y el desarrollo del mercado laboral, que es el que en última instancia puede admitir la ocupación de un extranjero, y siempre y cuando que no se contraponga a intereses oficiales o económico-integrales de importancia. A esto se agrega también la disposición sobre la cifra máxima de habitantes en todo el estado de Austria, según Artículo 12a de la Ley de Ocupación de Extranjeros.

Por el momento la situación del mercado laboral ofrece sólo una posibilidad muy limitada para la ocupación de trabajadores extranjeros nuevos y/o adicionales.

La Administración del Mercado Laboral austríaco se esfuerza actualmente en limitar la ocupación de los extranjeros a la situación actual, para poder proporcionar lugares de trabajo suplementarios a los habitantes del país, a los jóvenes extranjeros de segunda generación y a los extranjeros desocupados de generaciones adultas, que viven desde ya hace mas tiempo en Austria.

Mas informaciones del AMS: www.ams.or.at



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